CAPÍTULO VIII


En qué difiere lo injusto de la injuria y de lo justo el derecho


Difiere también lo injusto de la injuria, y de lo justo el ius o derecho, en ser lo injusto como el hurto y heridas, aun antes que alguno hurte o hiera, y la injuria como las heridas solamente después que se han dado. De la misma manera difiere lo justo y el derecho, o la acción del justo, porque es más el derecho de manera que parece ser enderezamiento de la injuria. Distinguidas las cosas desta manera, respondamos ya a la que más arriba se preguntó, conviene a saber si es posible que el que haze injustamente o haze daño, no se diga haver hecho injuria, y digamos que, si lo hizo de su voluntad, parece haver hecho injuria, y si con ignorancia, en ninguna manera, porque la injuria es cosa voluntaria y, lo voluntario, aquello que está en mano de quien lo haze, y es hecho de quien sabe lo que haze, por sí y sin fuerza alguna, pero no se dize voluntario todo lo que alguno haze o padece sabiéndolo, porque cada uno se siente envejecer y morir, y ni lo uno ni lo otro es voluntario ni involuntario. De tres maneras pues puede hazer alguno daño a otro: o de ignorancia, y éste es un género de infortunio, o por alguna vehemente afección, y desta manera se cometen los pecados de intemperancia e iracundia, o lo último por elección y deliberación, y este género se dize malo e injusto porque los movimientos de iracundia a causa de acaecer repentinamente luego que se ha recebido daño de otro, no parescen haverse premeditado con elección o deliberación, y ansí confiesan los que los hazen que los cometieron estando enojados, aunque sospechan haverlo hecho justamente, estorvando una fuerza con otra. Pero el que haze sobre pensado alguna injuria, niega muchas vezes haver la hecho, porque hizo injustamente; fuera desto los delitos involuntarios, si los cometimos de ignorancia, merecen perdón, pero si ignorantes no le merecen, esto se vee de lo que arriba queda dicho muy claro.

TOMO VI.

ESCRITOS VARIOS